jueves, 10 de marzo de 2011

Sociedad civil.

Vargas Tamayo Dulce.
Grupo: 602

Sociedad civil
Gramsci, Habermas y Hegel.

Para dar inicio al tema es necesario establecer que el concepto de sociedad civil inicia con el liberalismo que hay otros personajes que han hablado de este concepto pero el enfoque hacia estos tres personajes se debe a que sus ideales sobre el concepto han permanecido.
 La idea de sociedad civil se desarrolla en la tradición hegeliano-marxista donde la sociedad civil es asociada al sistema de necesidades y sus formas de organización (Hegel), a la sociedad burguesa (Marx) y al momento de la hegemonía cultural en la superestructura (Gramsci)”. Personajes de los que también hablaremos en este ensayo.
 V. Pérez Díaz, La primacía de la sociedad civil, Madrid, Alianza Editorial, 1993, p. 77.  
Hegel retomo ideas de Kant para hablar de la sociedad civil que  puede ser explicada con dos discursos  muy distintos uno del otro ya que en uno menciona que la apertura de conciencia permitirá que el hombre cree instituciones, el paso del espíritu subjetivo al objetivo ( que después pasara a ser el absoluto).
Hegel  menciona la familia, la sociedad civil y el estado, recordemos que el estado juega un papel primordial porque esta fija reglas generales y obligatorias para todos los miembros de la sociedad y como núcleo de la sociedad está la familia y al mismo tiempo la familia es una institución una de las tres más importantes.  El tema de sociedad civil se relaciona mucho con el estado le da una gran importancia que lo llama espíritu objetivo donde estos tres termino (sociedad civil, estado y familia) tienen un gran lazo que los une como ya se explico, a este discurso se le conoce como el institucional.
En su segundo discurso Hegel hablo de la sociedad política desde un punto de vista más científico, es decir todo lo contrario al primer discurso que se plantea porque en este se basa en la cultura en la filosofía en la formación educativa de la humanidad así como en otros aspectos, a este se le conoce como el comunicativo. En este segundo discurso se hacen las subdivisiones de global y otro.
Preocupado por las concepciones duales de los discursos la dialéctica hegeliana evita la destrucción de estos ya que en uno se habla del espíritu objetivo y en el otro del subjetivo, ya que al ser dos puntos de vista lo que provocan es entrar en contradicciones y destruirse por ser dos versiones distintas, pero ¿A qué se refiere subjetivo y objetivo?
Para iniciar ambos términos provienen de la filosofía hegeliana también conocida como idealista El subjetivismo limita la validez de la verdad al sujeto que conoce y juzga principalmente según su


entendimiento y en consideración a su realidad específica (entorno e interacción social) entendida no como un hecho "externo" sino como parte constitutiva del sujeto, es decir que le incumbe ya sea por convicción o porque puede afectarle la situación.
Concepto subjetivo es universalidad, negación de ésta o particularidad, y superación de los dos momentos o individualidad. Como concepto objetivo, revela el concepto su ser fuera de sí en sus momentos del mecanicismo, del proceso químico y de la teleología o finalidad orgánica, donde el concepto se convierte en la idea directora de una totalidad que había permanecido como disgregada en los dos momentos precedentes.
En cuanto al El espíritu absoluto es verificable pero aún así es un punto de partida válido, que no se cuestiona. Este punto de partida explica mejor lo que ha pasado (es decir, el punto de partida de Hegel).
Según Hegel; el Espíritu es libre; es un manifestarse libremente de la realidad. En este caso la libertad es la Razón de Estado.

La sociedad civil analizada por Hegel no es sino un anatomismo social, en donde a cada hombre no le interesan sino sus deseos particulares, y jamás se inclinara por intereses generalizables; para este tipo de sociedad no existe la perspectiva de universalidad” es decir lo global.
Cabe mencionar que Hegel hace mención de que la sociedad civil, en ocasiones es menos importante a es desvalorada para dar paso a los fines económicos por necesidad
También nos menciona que la “sociedad puede ser excesivamente rica, y sin embargo no lo suficientemente para impedir el exceso de pobreza” esto yo lo interpreto como que solo la riqueza está distribuida en las instituciones de mayor jerarquía, pero la solución que el encuentra para estos casos es que la administración de justicia, las corporaciones y la policía que en este caso son un tipo de organizaciones que van mas allá de intereses particulares, es decir su bien propio, ya que buscan el bien común también llamado interés general, puede que por eso los fines económicos para los individuos se vuelva más atractivo.
Hegel introduce en sistema de necesidades que son las ya mencionadas.
En la idea que se platea sobre el concepto de sociedad civil para  Antonio Gramsci se hace notorio el hecho que el estado no sea parte de la sociedad civil ya que para este personaje las empresas, los sindicatos, iglesias y otras asociaciones u organizaciones como las de beneficencia si forman parte  de la sociedad civil porque transmiten formas de vida, costumbres y valores, mientras que el gobierno podría tiene una sociedad política que a diferencia de las ya mencionadas no transmiten ninguno de estos beneficios, porque las sociedades políticas están conformadas por órganos de dominio y coerción.
"Las leyes de la historia estaban dictadas por la clase propietaria organizada en el Estado. El Estado fue siempre el protagonista de la historia, porque en sus organismos se concentra la potencia de la clase propietaria; en el estado la clase propietaria se disciplina y se unifica, por sobre las disidencias y los choques de la competencia, para mantener intacta la condición de privilegio en la faz suprema




de la competencia misma: la lucha de clases por el poder, por la preeminencia en la dirección y ordenamiento de la sociedad".

En esta cita se muestra cierta inconformidad del cómo y porque es que él decide establecer el concepto de una sociedad civil y una política ya que era clara la diferencia entre ambas.

"Las instituciones del estado capitalista están organizadas para los fines de la libre competencia: no basta cambiar el personal para orientar en otro sentido su actividad"

En cuanto a esta cita podemos entender el porqué las misma instituciones de estado no son de una sociedad civil el plantea que no tendría caso una nueva sociedad con las mismas instituciones porque sería lo mismo con diferente nombre.

Para desentrañar la complejidad de la dominación burguesa en las sociedades de capitalismo desarrollado, que a su vez provee interesantes herramientas para analizar las sociedades periféricas. La relación entre coerción y consenso, entre dirección intelectual y moral y dominio, entre hegemonía y dominación, indisolublemente ligadas a las bases materiales de producción y reproducción de la vida social, constituyen los términos nodales de la reflexión gramsciana de mayor relevancia para entender nuestras sociedades.

A dichas sociedades Gramsci les otorga ciertas funciones o características, por ejemplo a la sociedad civil le atribuye la persuasión ya que estas no usan medios de violencia el consenso y la dirección de la hegemonía pero ¿A qué se refiere esto?
 El consenso es el acuerdo entre dos o más personas, también puede ser como el formador de sociedades pero para estas personas el tema debe ser de interés, es decir a todos los que son tomados en cuenta para el acuerdo les debe traer beneficios y por tal hecho están motivados a participar.  En cuanto a la hegemonía es de cierta manera un amplio conjunto de estrategias prácticas  a través de las cuales un grupo obtiene consenso para su dominio por parte de aquellos que se encuentran a él subordinados. Es la existencia de una diversidad, pero dentro de esta ocurre el predominio de uno de los integrantes de ella sobre otros.
En cuanto a las características de la sociedad política en primera instancia hace uso de la fuerza, coerción y dominación. La coerción es la amenaza de utilizar la violencia (no solo física sino de cualquier otro tipo) con el objetivo de condicionar el comportamiento de los individuos. Por dichas razones Gramsci hace la diferencia entre una y otra sociedad ya que ambas son contraria una de la otra y por lo tanto era necesaria crear la sociedad civil.
Para Habermas la sociedad civil está integrada por instituciones así como lo señala Gramsci, Habermas nos hace la aclaración de que estas instituciones no solo transmiten valores sino que estas son las encargadas de definir y defenderlos los derechos los derechos civiles (se mencionan en primera instancia por ser los primeros en aparecer en la vida del civil) y políticos.
Estos derechos promueven la libertad, la posibilidad de defenderse ante la intervención del poder y del mercado.
Algo de lo que no hablan los autores ya mencionados es el conjunto de movimientos sociales los cuales plantean nuevos principios  y valores, nuevas demandas sociales, así como el vigilar que se respeten los derechos otorgados.



Otro punto interesante que toca Habermas es lo privado y lo publico estos dos términos son fáciles de explicar porque lo podemos considerar dos esferas en la privada una persona en la que ella toma decisiones deacuerdo a sus intereses y su familia, pero en la pública la decisión de alguna situación se toma entre más de personas que pueden salir afectadas.
El concepto de sociedad civil ha sido comentado por otros personajes Kant, Held, Marshall Bobbio y Lunmann algunos de esto autores se han basado en el conocimiento de otros como se notar en el ensayo Hegel concibe a la sociedad civil de una manera más compleja que los otros autores.
Una frase que me parece interesante es “la sociedad es un constructo constituido por comunicación. La sociedad no está constituida de seres humanos; no es algo que se pueda aprender como totalidad de acontecimientos biológicos y psicológicos”
Se hace interesante porque de cierta manera te indica que una sociedad civil es mucho más compleja de lo que la puede plantear Gramsci o Habermas y que no es tan sencilla, como se puede uno entender.
Las diferencias más claras de los autores es las características de lo que una sociedad civil tiene, el caso de Hegel el señala que hay familias, policías, administradores de justicia, sistema de necesidades que son como las reglas del juego y las corporaciones además no hace énfasis en separar el estado con la sociedad civil.
Para Gramsci las instituciones que no sean del gobierno entran del grupo de sociedad civil y retoma la institución de la familia.
Habermas también hace mención a la familia, pero también al gobierno y al mercado.


 (se anex una imagen prox)


Razón de estado.

RAZÓN DE ESTADO
El concepto se origina en Maquiavelo y fue desarrollado por los preceptistas italianos del siglo XVI y por la escuela alemana del siglo XIX. La doctrina de la razón de estado sostiene que el Estado tiene una tendencia orgánica, natural, a buscar el continuo incremento y consolidación de su propia potencia, fin para el cual tiende a usar todos los medios, incluso la violencia, trasgrediendo la moral y el derecho. La razón de Estado presenta un aspecto interno, que es lograr el dominio eminente del Estado sobre su población y territorio para eliminar la anarquía interna; y un aspecto externo, que es aumentar la propia potencia y disminuir la ajena, por todos los medios, que van desde la guerra hasta las alianzas ofensivas y defensivas.
Maquiavelo sostiene que ninguna forma del Estado es la mejor y que las instituciones políticas necesariamente han de cambiar.
Maquiavelo saca de la experiencia que se refleja en la historia política una serie de reglas y de consejos para el político, sobre todo para el soberano. Al lado de muchas observaciones acertadas y útiles se encuentran sin embargo otras que siempre se han considerado infundadas y nocivas. Por ejemplo, la aniquilación de una dinastía que ha sido superada o de una ciudad libre que ha sido vencida; recomendación de la felonía si conviene al interés del Estado y su célebre consejo: Si un príncipe se quiere mantener en el poder ha de aprender a no ser bueno.
 El esclarecimiento de esta contradicción tiene sus dificultades.
Una explicación puramente histórica que se limitase a referir el origen de aquella teoría a la situación del autor en aquel momento, nos dejaría a oscuras sobre su justificación sistemática. La simple constatación de que Maquiavelo vió y tomó a los hombres como son no resuelve el problema. Pues él proclama su doctrina y sus consejos partiendo del supuesto de alcanzar con ellos un resultado justo.
En verdad Maquiavelo persigue un estado de cosas objetivamente justificado. Sólo que a él le bastan la formulación jurídica y la coacción estatal. Los hombres - dice - son naturalmente malos (Discursos I, 2; Príncipe c. 17, 18) y las leyes los hacen buenos (Discursos, I, 3). Así fue Maquiavelo el fundador de la Razón de Estado que tanto se ha invocado desde él y que toma como medida suprema de la voluntad humana el imperativo del Estado en el lugar y el tiempo.
Por este razonamiento se explica que Maquiavelo llegase a considerar lícito cualquier medio para el establecimiento y mantenimiento de un Estado fuerte. Así la religión es para él solamente una organización externa para apoyar el orden estatal (Ver, Discursos, I. 11). Para Maquiavelo sólo son malas leyes las que favorecen el debilitamiento de la coacción estatal (Ver, sin embargo, El Príncipe c. 15).
La doctrina de Maquiavelo, sometida a un examen crítico, resulta deficientemente fundada.
Ante todo le falta la necesaria distinción del derecho y la moral y no menos del derecho y del Estado. Pero, más que eso, su desarrollo carece de claridad sobre la medida última y definitiva e interiormente fundada, de una voluntad jurídica.
El carácter de lo bueno no puede consistir simplemente en acomodarse a los artículos de un derecho estatal. Pues éste tiene sólo trascendencia condicional y limitada. Para constatar una voluntad fundamentalmente justa hay que enfocar el anhelo nacido empíricamente hacia la idea de la pureza de la voluntad. Nos hemos de imaginar una voluntad que esté libre de todo anhelo subjetivo del individuo volente y juzgar el contenido concreto de una inspiración jurídica con esta idea de la voluntad pura.
Si el derecho históricamente dado, por su particularidad, no da la medida ideal de lo bueno y honorable, resulta infundada la opinión de Maquiavelo que no puede haber otra norma de valoración que la observancia del derecho positivo. No quiere esto decir que no deba protegerse por fuera y por dentro el derecho vigente contra su infracción arbitraria: derecho y fuerza no son contradictorios, sino que se han de completar en lo necesarío. El derecho, como una clase especial del querer humano, debe encontrarse por el método crítico. Con relación a la fuerza se plantea el problema psicológico de cómo llega a tener vigencia una voluntad comprendida como derecho. Sin esto último no tiene valor práctico alguno la reflexión crítica sobre el concepto del derecho.
En esto tenía razón Maquiavelo; pero con ello no nos dió la norma orientadora de la misión del político y el legislador. Esta misión no se agota con la imposición de un derecho tal como es, sino que culmina en su constante rectificación y mejoramiento según la idea de la Justicia. Hacia ella se ha de dirigir aun el derecho más fuerte. La idea de Justicia y no el derecho del más fuerte (como lo hace notar Fichte en su comentario a La Política de Maquiavelo) justifica la aspiración a liberarse de la opresión arbitraria del enemigo y del extranjero con cuya invocación Maquiavelo da brillante remate a su tratado del Príncipe (Príncipe c. 26).
Comisión de Derecho Internacional
La labor del desarrollo progresivo y codificación del derecho internacional en el seno de la ONU es llevada a cabo por la Comisión de Derecho Internacional, que fue creada en 1947 y está integrada por 34 miembros elegidos por la Asamblea, los cuales se reúnen anualmente. La Comisión se encarga de preparar proyectos sobre temas de derecho internacional. Cuando la Comisión completa su labor sobre un tema determinado, la Asamblea General convoca regularmente a una conferencia internacional de plenipotenciarios para incorporar dicho proyecto a una convención que posteriormente se abre a la firma de los Estados para que sean partes de dicho instrumento legal y acepten el cumplimiento de sus disposiciones.
El derecho internacional está formado por las normas jurídicas internacionales  que regulan las leyes de los estados. Los  acuerdos y tratados internacionales, las notas diplomáticas las enmiendas y los protocolos forman parte de esta rama del derecho.
Las normas pertenecientes al derecho internacional pueden ser bilaterales  o multilaterales. Los Estados suelen comprometerse a  aplicar normas en sus propios territorios y con un status superior a las normas nacionales.
El derecho internacional puede dividirse en público y privado. El derecho público supone el conjunto de principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí. Los individuos por lo tanto no son sujetos inmediatos de sus normas. El derecho internacional privado, por su parte, tiene como principal objetivo la resolución de conflictos de jurisdicción internacional. Se encarga de definir  cuál es la ley aplicable y de determinar la condición jurídica de los extranjeros.
El derecho internacional humanitario se encarga de que en tiempos de guerra, se proteja a los civiles para que no formen parte del conflicto, intenta limitar el sufrimiento humano inherente a los enfrentamientos armados.
(se anex prox una imagen)

Democracia y orden global.

Estado moderno y liberal.